En este nuevo artículo os explicamos como quedan las restricciones en Cataluña desde el 15 de marzo, con el fin del confinamiento comarcal, y que se podrá hacer en Semana Santa. También os hablamos de la necesidad de llevar un Certificado Autoresponsable si sales de tu comarca.
Fin del confinamiento comarcal
Parece ser que los indicadores de la pandemia están mejorando en las últimas semanas y esto ha llevado al gobierno de la Generalitat a suavizar las medidas contra el Covid. Así lo anunciaron la consellera de Salud, Alba Vergés, y el conseller de Interior, Miquel Sàmper, el jueves 11 de marzo.
Esta reducción de las limitaciones a la población de Cataluña acaba, entre comillas, con el confinamiento comarcal. Decimos entre comillas ya que se establece una condición importante: se podrá salir de la comarca donde se reside pero sólo con las personas que forman tu burbuja de convivencia, es decir con las personas con las que vives.
Por tanto, desde el 15 de marzo y hasta el 28 de marzo, las familias catalanas pueden viajar, siempre dentro de los límites de la Comunidad Autónoma, y podremos volver a salir fuera de nuestra comarca con nuestras autocaravanas.
Pero se deben tener en cuenta dos aspectos más:
- Se mantiene el toque de queda de las 22h y, por tanto, si salís en vuestra autocaravana, a las 10 de la noche deberéis estar ya en ella, como lo haríais en vuestra vivienda habitual.
- No se permite las reuniones de más de seis personas o de más de dos burbujas de convivencia.
Para salir del perímetro comarcal es necesario llevar el Certificado Autoresponsable de desplazamiento de la Generalitat, del que os hablaremos más abajo.
Otras limitaciones que se acaban
Junto con el fin del confinamiento comarcal, se han aprobado otras medidas que acaban con limitaciones vigentes hasta ahora:
- Los comercios ya pueden abrir durante toda la semana. Los que tengan una superficie igual o menor a 800 m2 con un aforo del 30%, y los que superen estos 800 m2 deberán ajustar sus instalaciones a este límite de superficie, acotando zonas. Los mercados y ferias de mercado podrán volver con un aforo permitido también del 30%
- Los centros comerciales pueden abrir libremente pero manteniendo las limitaciones de aforo del 30% en las zonas comunes, asegurando la ventilación constante y una buena calidad del aire. Los restaurantes y las zonas recreativas de estos centros comerciales seguirán cerradas.
- Se permite de nuevo las actividades de cultura popular y tradicional siempre que sean al aire libre, en una zona perimetrada y de forma estática. En espacios cerrados también se permiten, siempre que se asegure la ventilación, el control de accesos y la limitación de aforo.
- Se permite las competiciones deportivas federadas para menores de 16 años y se permite que haya público en las competiciones deportivas, que no sean de ámbito estatal ni internacional, con un límite de aforo del 50% o 1.000 personas en espacios abiertos, y del 30% en espacios cerrados, con un máximo de 500 personas, o 1.000 si el local tiene dispositivos de ventilación y filtrado del aire.
¿Qué se podrá hacer en Semana Santa en Cataluña?
A continuación os explicamos lo que se sabe sobre qué restricciones estarán vigentes en Semana Santa, aunque, tal y como se ha informado desde la Generalitat, estas medidas pueden cambiar en función de como evolucionen los datos relativos a la pandemia.
Si los datos epidemiológicos lo permiten durante Semana Santa se mantendrá la apertura del cierre comarcal para burbujas de convivencia, ya comentado, y que seguiría vigente desde el 15 de marzo.
Por otro lado Cataluña seguirá cerrada en su perímetro autonómico, como todo el resto de comunidades autónomas, tal y como acordó el Ministerio de Salud con los diferentes gobiernos autonómicos. Por tanto, desde el 26 de marzo hasta el 9 de abril, no se podrá viajar fuera de tu Comunidad Autónoma, siempre y cuando no sea por una causa justificada. En caso de tener una causa justificada para hacerlo recordad que siempre debéis llevar el Certificado Autoresponsable de desplazamiento de la Generalitat, especificando el motivo. Más abajo dedicaremos un apartado a este certificado que debéis tener también presente para salir de vuestra comarca.
Los bares y restaurantes mantienen sus horarios de apertura, que está establecido entre las 7:30h y las 17h. En este caso, y si no cambian las restricciones, no se podrá abrir para cenar. En bares y restaurantes se permiten grupos de 4 personas en el interior y de 6 en terrazas, sin limitarse en esta ocasión a las dos burbujas de convivencia vigente en la quincena previa a Semana Santa, como ya os hemos comentado.
De hecho esta limitación a dos grupos de convivencia en Semana Santa se reduce y se prohíbe, durante esas fechas, del 26 de marzo al 9 de abril, reunirse con otro grupo de convivencia que no sea el tuyo en espacios cerrados. Aunque si podrás hacerlo en locales públicos si mantenéis la limitación de 4 o 6, dependiendo de si es el interior o en el exterior de un local.
Los certificados autoresponsables de la Generalitat
Es muy importante tener en cuenta estos certificados, que deberemos llevar correctamente rellenados, en caso de moverse por Cataluña. De esta forma evitaremos las sanciones, que van de los 300 euros a los 6.000 euros, siempre que el desplazamiento esté dentro de los supuestos permitidos.
Para desplazarse fuera de la comarca, aunque ya se pueda hacer libremente con tu burbuja de convivencia, es obligatorio llevar el certificado autoresponsable de entrada y salida comarcal, marcando la nueva opción que se ha incorporado “Mobilidad de las personas que integran una burbuja de convivencia”. Además, en este documento se establecen otros supuestos que permiten salir del perímetro comarcal de residencia como realizar exámenes, cuidad a personas mayores o dependientes, participar en competiciones deportivas,… entre muchos otros.
Podéis descargar el certificado autoresponsable de entrada y salida comarcal AQUÍ
Además de este certificado existen dos más que deberéis tener en cuenta también, y que podréis rellenar si vuestro desplazamiento está dentro de los supuestos establecidos que permiten la movilidad, ya sea fuera de Cataluña o pasadas las 22h, dentro ya del toque de queda.
Podéis descargar el certificado de desplazamiento nocturno AQUÍ
Podéis descargar el certificado de entrada y salida de Cataluña AQUÍ
También podéis rellenar online cualquiera de estos tres certificados AQUÍ o hacerlo mediante la aplicación móvil web ConfinApp.